Friday, 24 April 2015

TAMBIÉN SE CRIMINALIZA LA HUELGA.



Este informe redactado por CCOO y UGT es una aproximación a la realidad que estamos viviendo en España en relación con los más de 80 procesos por huelga a trabajadores y sindicalistas. No pretende ser exhaustivo, sólo recoge informaciones de los casos más señalados y conocidos y sobre todo hace una valoración personal de cómo continuar con éxito las campañas emprendidas a nivel sindical e internacional para conseguir la plena anulación de todos los casos y la derogación del punto 3 del artículo 315, que permite encarcelar a sindicalistas por hacer huelga.
Existen dossiers más amplios, que han realizado las instancias pertinentes de CCOO y UGT y que se pueden solicitar en cada organización. Cerca de 300 sindicalistas y trabajadores han sido procesados por huelga en nuestro país. Sólo en los casos en que la Fiscalía, dependiente del Gobierno, ya ha realizado el escrito de acusación, pide una suma de 120 años de cárcel. El caso más notorio es el de los 8 de Airbus, a los que pide 66 años de cárcel, es decir, 8 años y 3 meses a cada uno. Ya existen varias sentencias firmes que condenan a 3 años de prisión y que mantienen la orden de ingreso en la cárcel en suspenso, a la espera del resultado de las solicitudes de indulto al Gobierno. También son muchos los procesos y las faltas por la vía administrativa que suponen importantes sanciones económicas, la más elevada por 60.000 euros. La inmensa mayoría de los procesados participaron en piquetes durante las huelgas generales contra las reformas laborales de Zapatero y Rajoy, en huelgas por convenios de empresa o contra los recortes. La mayor parte de los procesados son trabajadores, afiliados o responsables sindicales de CCOO y UGT, pero también de otras centrales como la CIG de Galicia, el muy represaliado Sindicato Andaluz de
El SAT es el sindicato más represaliado de Europa
600 sindicalistas acumulan peticiones de penas que sobrepasan los 400 años de cárcel y se acercan al millón de euros en multas. #BastaRepresionSAT
Trabajadores, la CGT y otros sindicatos nacionalistas. El Gobierno, por medio de la Fiscalía, utiliza de forma masiva un artículo del Código Penal, el 315.3, por el que la huelga sí es delito. Lo más sórdido es que se equipara a los “delitos contra los derechos de los trabajadores”
que cometen los empresarios. Efectivamente, el artículo 315 dice en su punto 1: “Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses los que mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga”. En el punto 2: “Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo fuerza, violencia o intimidación se impondrán
las penas superiores en grado.
El punto 3 del artículo 315.3 dice “Las mismas penas del apartado segundo se impondrán a los que, actuando en grupo o individualmente,
pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga”.
Esto supone penas a partir de 3 años y hasta 4,5 años de cárcel de condena. Este punto
proviene del artículo 496 del Código Penal franquista de
Lo que está sucediendo en España es muy grave. Sindicalistas procesados como en tiempos de Franco.
1976
, cuando los sindicatos eran ilegales, que pretendía “hacer frente a la creciente actividad agresiva de grupos
organizados que se autodenominan piquetes de extensión de huelga”. Es el franquismo que no cesa. La Fiscalía, dependiente del Gobierno, utiliza este artículo franquista que persigue amedrentar a los trabajadores y paralizar su
herramienta fundamental para defender sus derechos atacados por la reforma laboral: la huelga y sus sindicatos. 

El Gobierno vio la así los convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificados por España. Tras la conquista en España de las libertades democráticas y sindicales a la muerte de Franco, algunos de los incidentes producidos en las protestas laborales obreras, si se llegaban a demostrar cuestiones al margen del conflicto laboral, habitualmente se saldaron en los juzgados como delitos o faltas por coacciones. Los primeros casos conocidos de utilización de este artículo se remontan a procesos sucedidos en la Huelga Generalde 2002 contra la reforma laboral de Aznar.
Desde hace cuatro años, ya en los Gobiernos de Zapatero, la Fiscalía empezó a utilizar el artículo 315.3 del Código Penal que puede mandar a trabajadores a partir de tres a cuatro años y medio a la cárcel. Esta actuación se ha acrecentado con el Gobierno del PP. Sin embargo, no se conoce ni una sola sentencia que condene a la cárcel a empresarios por delitos contra los derechos de los trabajadores, para lo que se dedica el artículo 315.

Tamara y Ana, dos profesoras de gimnasia condenadas a 3 años de cárcel en Pontevedra
En mayo de 2014, dos profesoras de gim­nasia, Ana y Tamara, han sido condenadas a tres años de prisión por participar en un piquete informativo, cuando se arrojó pintu­ra a una piscina.

Serafín y Carlos, transportistas, condenados a 3 años de cárcel en Galicia
Serafín y Carlos, trabajadores del sector del transporte de mercancías, han sido conde­nados a 3 años de cárcel por participar en el piquete informativo durante la movilización por el convenio de transporte de mercan­cías de Pontevedra en 2008.


José, Raúl, Tomás, Enrique, Rodolfo, Edgar, Armando, Jerónimo  ocho años y tres meses para cada uno.

El caso de los 8 de AIRBUS es el que tiene la acusación más fuerte. Durante la huelga general contra la reforma laboral de Zapatero en 2010, se produjeron unos incidentes en la puerta de Air bus, donde se encontraba concentrada la plantilla como piquete, a partir de una brutal e injustificada intervención policial, en la que varios agentes
llegaron a realizar disparos al aire y cargaron violentamente contra los trabajadores.
La fiscalía les pide a los 8 de Airbus 66 años de cárcel: 8 años y 3 meses para cada uno de
los sindicalistas de la factoría de Getafe de la antigua Construcciones Aeronáuticas (CASA),

Carlos y Carmen, condenados a 3 años y un día de cárcel en Granada, a la espera del indulto
Carlos, activista del 15M, y Carmen, animado­ra sociocultural en paro de 56 años, de Grana­da, han sido condenados en 2013 a 3 años y un día de cárcel, más una multa de 3.655 euros cada uno por participar en un piquete informa­tivo

Katiana Vicens. 
secretaria general de CCOO de Baleares condenada “sólo” a una multa de 4.000 euros y la Fiscalía, que pide 4,5 años de cárcel, la recurre. Acusada de daños y coacciones.

A Rubén Ranz,
de Madrid, sindicalista
de UGT, la fiscalía le pide 7 años de cárcel

Pablo García-Cano Locatelli
Miembro del comité de empresa de
John Deere y de la Comisión Ejecutiva
de CCOO Industria Madrid.
Uno de los 4 procesados de John
Deere por coacciones y por el art.
315.3 del Código Penal, durante la
huelga por su convenio.

En este informe no están todos los sindicalistas represaliados, más de trescientos. 


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