Es el artículo que probablemente mayor rechazo social provoca dentro de la ya de por sí controvertida Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana, más conocida como la ‘ley mordaza’. Casi toda la oposición pide la desaparición directa de este precepto en el trámite de enmiendas abierto en el Congreso por considerarlo «arbitario». Es el 37.4. El artículo que desde julio de 2015 castiga como «falta leve» (multas de 100 a 600 euros) las «faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal».
Un artículo que, en la práctica, faculta a cualquier agente nacional, autonómico o local a multar, sin mayor trámite, a un ciudadano por considerar que le ha despreciado y que, de facto, da veracidad a la versión del funcionario frente a la del supuesto infractor, que tiene que recurrir a un costoso trámite ante la Administración o la Justicia para evitar el embargo de su cuenta.
Los últimos datos oficiales del Gobierno revelan que cada vez más las fuerzas de seguridad están haciendo uso de este artículo. En una respuesta remitida al senador de Bildu Jon Iñarritu, el Ejecutivo informa de que, desde julio de 2015 a finales de agosto del pasado año (últimos datos disponibles), se tramitaron un total de 46.168 multas por el desprecio a los agentes. O sea, más de 58 denuncias al día o, lo que es lo mismo, dos denuncias y media cada hora. Y esa cifra no incluye los datos totales del País Vasco y Cataluña, que no habían sido todavía registrados.
El ritmo, además, crece. En los primeros meses de la ‘ley mordaza’ se registraban 56,1 denuncias diarias. En 2016 aumentaron hasta 57,6 los ciudadanos multados cada jornada por no ser «respetuosos» con los uniformados y ,en los primeros meses del año pasado, ya eran 61 los expedientes abiertos al día.
En los dos años objeto de estudio, uno de cada 1.613 españoles (excluyendo Euskadi y Cataluña) había recibido en el buzón de su casa una sanción por sus rifirrafes con las fuerzas de seguridad. No obstante, el reparto geográfico no es, ni mucho menos, homogéneo. Melilla y Ceuta, con mucho, encabezan el ránking de denuncias por habitante, seguidas de Andalucía. En el otro extremo, los riojanos y navarros.
Casos paradigmáticos
Las denuncias son continuas y, según los colectivos civiles, obligan al supuesto infractor a demostrar su inocencia frente a las acusaciones del funcionario.
Algunas de las sanciones por el artículo 37.4 de la ‘ley mordaza’ se han convertido en paradigmáticas, por rozar casi el absurdo. Quizás el caso más conocido fue el de las denuncias en cascada a todos los internautas que en Facebook replicaron, le dieron un ‘me gusta’ o hicieron comentarios jocosos al vídeo de un policía de Santiago de Compostela en evidente fuera de forma física intentado sin éxito atrapar a un enfermo mental en noviembre de 2016.
En mayo de ese mismo año, una vecina de Madrid también fue denunciada por el 37.4 por llevar un bolso con las siglas A.C.A.B. y el lema «all cats are beautiful» (todos los gatos son bonitos) al interpretar los funcionarios que en realidad era una referencia encubierta del lema «all cops are bastards» (todos los policías son bastardos).
Un joven de la localidad tinerfeña de Güímar fue multado gracias a ese mismo precepto simplemente por llamar «casta de escaqueados» a la policía local de su pueblo en su perfil de Facebook.
Una de las primeras denuncias de la ley de seguridad ciudadana por falta de «respeto» a los policías fue en Málaga, tan solo cinco días después de entrar en vigor la norma. Un conductor, que había sido parado para realizar un control de alcoholemia de la Guardia Civil, usó la expresión coloquial de «colega» para dirigirse a uno de los funcionarios, que le denunció por considerar que se trataba de una expresión «despectiva» hacia un agente de la autoridad.
Varios periodistas, en ejercicio de su profesión en manifestaciones y otros eventos en la calle, también han sido denunciados usando este artículo y con la mera declaración del agente como prueba de cargo sin que haya mediado nunca resistencia a la autoridad, que está penada con otro precepto de la Ley de Seguridad Ciudadana.